Centro de información para el cliente

 

En esta sección encontrará la información que el Banco solicita a sus clientes para cumplir con las regulaciones financieras, prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Todo esto con el objetivo de garantizar operaciones seguras, transparentes y en línea con las mejores prácticas del sector.

 

Centro de información para el cliente

 

En esta sección encontrará la información que el Banco solicita a sus clientes para cumplir con las regulaciones financieras, prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Todo esto con el objetivo de garantizar operaciones seguras, transparentes y en línea con las mejores prácticas del sector.

 

 

 

 

Transferencias internacionales

 

Según la naturaleza de la transferencia internacional, deberá presentar información adicional que respalde el origen de los fondos y la relación.

 

 

   
Si la transferencia internacional supera los $25.000 para clientes físicos y los $50.000 para los clientes jurídicos.   Cuando el país de destino o de origen de los fondos tiene alguna restricción, sin importar el monto de la transacción.   Cuando el monto de la transferencia supera su ingreso mensual reportado.

 

 

 

Transferencias internacionales

Según la naturaleza de la transferencia internacional, deberá presentar información adicional que respalde el origen de los fondos y la relación.

 

Si la transferencia internacional supera los $25.000 para clientes físicos y los $50.000 para los clientes jurídicos.
 
Cuando el país de destino o de origen de los fondos tiene alguna restricción, sin importar el monto de la transacción.
 
Cuando el monto de la transferencia supera su ingreso mensual reportado.

 

 

Algunos documentos para respaldar el origen de los fondos son:

 

           
     
  Factura electrónica.   Contrato o pagaré debidamente firmado.   Certificación de ingresos.
           
     
  Informe de Atestiguamiento.   Estados Financieros (solo para personas jurídicas).   Otra documentación que el Banco considere oportuna.
           

 

 

 

Si el ordenante o beneficiario es diferente al que indica el respaldo aportado debe presentar:

 

  • Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del Banco Central.
  • Certificación notarial con vista en el libro de accionistas.
  • O algún otro documento en caso de que la relación no sea accionaria.

 

Importante:

 

  • Todos los documentos emitidos en el exterior por contadores, notarios, abogados o entidades gubernamentales requieren Apostilla.
  • Documentos en un idioma diferente al español, deben venir traducidos.
  • El tiempo para acreditar o enviar las transferencias es de 24 a 72 horas como máximo, a partir de la  recepción de los documentos aportados si los mismos son aprobados. 

 

 

 

Algunos documentos para respaldar el origen de los fondos son:

 

 

  • Factura electrónica.
  • Contrato o pagaré debidamente firmado.
  • Certificación de ingresos.
  • Informe de Atestiguamiento.
  • Estados Financieros (solo para personas jurídicas).
  • Otra documentación que el Banco considere oportuna.

 

 

 

 

 

 

Si el ordenante o beneficiario es diferente al que indica el respaldo aportado debe presentar:

  • Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del Banco Central.
  • Certificación notarial con vista en el libro de accionistas.
  • O algún otro documento en caso de que la relación no sea accionaria.

 

 

 

Importante:

 

  • Todos los documentos emitidos en el exterior por contadores, notarios, abogados o entidades gubernamentales requieren Apostilla.
  • Documentos en un idioma diferente al español, deben venir traducidos.
  • El tiempo para acreditar o enviar las transferencias es de 24 a 72 horas como máximo, a partir de la recepción de los documentos aportados si los mismos son aprobados.

 

 

 

 

 

 

Actualización de expedientes


Mantener su expediente al día nos permite ofrecerle servicios financieros más seguros, ágiles y personalizados. Además, nos ayuda a cumplir con las regulaciones y proteger sus datos.

 

 

 

     

 

 

 

Personas Físicas:

 

Personas Jurídicas:

 

 
  • Documento de identidad vigente (cédula o pasaporte).
  • Formulario Conozca a su Cliente KYC.
  • Documento de información financiera del origen de fondos (no mayor a 6 meses de emitido).
 
  • Certificación de personería jurídica (no mayor a 1 mes de emitida).
  • Identificación del representante legal y apoderados.
  • Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del Banco Central (no mayor a 1 mes de emitido) o certificación notarial con vista en el libro de accionistas (no mayor a 6 meses de emitido).
  • Estados financieros completos con comparativo: Balance de situación, estado de resultados, flujo de efectivo, estado de cambios en el patrimonio y las notas a los estados financieros.
  • Formulario Conozca a su Cliente KYC
 

 

 

 

Actualización de expedientes


Mantener su expediente al día nos permite ofrecerle servicios financieros más seguros, ágiles y personalizados. Además, nos ayuda a cumplir con las regulaciones y proteger sus datos.

 

 

 

 

  Personas Físicas:

 

  • Documento de identidad vigente (cédula o pasaporte).
  • Formulario Conozca a su Cliente KYC.
  • Documento de información financiera del origen de fondos (no mayor a 6 meses de emitido).
 

 

  Personas Jurídicas:

 

  • Certificación de personería jurídica (no mayor a 1 mes de emitida).
  • Identificación del representante legal y apoderados.
  • Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del Banco Central (no mayor a 1 mes de emitido) o certificación notarial con vista en el libro de accionistas (no mayor a 6 meses de emitido).
  • Estados financieros completos con comparativo: Balance de situación, estado de resultados, flujo de efectivo, estado de cambios en el patrimonio y las notas a los estados financieros.
  • Formulario Conozca a su Cliente KYC

 

 

Actualice sus datos en pocos pasos, desde donde esté

 

 

   
centrodedatosdelcliente@promerica.fi.cr

Teléfono: 2505-8026

WhatsApp: +506 8420-0798

  Presencialmente, visitando cualquiera de nuestras sucursales.   Con apoyo de su ejecutivo, quien le indicará los documentos requeridos.

Actualice sus datos en pocos pasos, desde donde esté

centrodedatosdelcliente@promerica.fi.cr

Teléfono: 2505-8026

WhatsApp: +506 8420-0798

Presencialmente, visitando cualquiera de

nuestras sucursales.

Con apoyo de su ejecutivo, quien le indicará los documentos requeridos.

 

 

CICAC: Centro de Información Conozca a su Cliente


Plataforma administrada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) que centraliza en un solo expediente electrónico la información que las entidades financieras deben solicitar para prevenir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

 

 

 

¿Qué información contiene el expediente CICAC?

 

             
  Datos personales: Nombre, identificación, nacionalidad, domicilio, etc.   Información laboral, patrimonial o de actividades económicas.   Documentos que respalden el origen de los fondos o ingresos.  

 

 

 

 

 

CICAC: Centro de Información Conozca a su Cliente


Plataforma administrada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) que centraliza en un solo expediente electrónico la información que las entidades financieras deben solicitar para prevenir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

 

 

 

¿Qué información contiene el expediente CICAC?

 

 

 

Datos personales: Nombre, identificación, nacionalidad,

 
     
  Información laboral, patrimonial o de actividades económicas.  
     
 

Documentos que respalden el origen de los fondos o ingresos.

 

 

 

 

 

Facilidades de autorizar el uso del CICAC:

Mayor control sobre sus datos

Vos decidís qué entidades pueden consultar tu expediente y podés revocar esa autorización en cualquier momento.

Gestión centralizada y segura

Tu información se resguarda en un sistema nacional administrado por la SUGEF, bajo estándares de seguridad y confidencialidad.

Facilidad para actualizar

Podés actualizar tu información de forma directa, utilizando firma digital certificada del Banco Central.

Cumplimiento más simple

Facilita el cumplimiento de las políticas de "Conozca a su Cliente" (KYC) requeridas por ley.

 

 

Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA)

 

FATCA es la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero, de acuerdo a sus siglas en inglés, legislación estadounidense aprobada en marzo de 2010.

 


¿Quiénes deben llenar el Formulario FATCA?

  • Personas con ciudadanía o residencia estadounidense.
  • Personas con indicios de ciudadanía estadounidense.
  • Empresas constituidas en los Estados Unidos o de conformidad con las leyes de ese país.

 

 

Personas físicas estadounidenses

 

 

Son aquellas que presentan algún indicio de vínculo con EE.UU.

 

Son considerados indicios del estatus de estadounidense los siguientes:

 

 

  • Identificación del Cuentahabiente como ciudadano o residente de EE.UU.
  • Indicación inequívoca de un lugar de nacimiento en EE.UU.
  • Dirección actual para recibir correspondencia o de residencia en EE.UU. (incluyendo apartado de correos en EE.UU. o dirección “a cargo de” en EE.UU.)
  • Número telefónico actual en EE.UU.
  • Instrucciones vigentes para transferir fondos a una cuenta mantenida en Estados Unidos.
  • Poder de representación legal o autorización de firma, efectivamente vigente otorgado a una persona con dirección en EE.UU.
  • Una dirección “a cargo de” o de “retención de correspondencia” que sea la única dirección que la Institución Financiera de Costa Rica Sujeta a Reportar tenga en los archivos del Cuentahabiente. En el caso de una Cuenta Preexistente de Personas Físicas que sea una Cuenta de Bajo Valor, una dirección “a cargo de” fuera del Estados Unidos no deberá considerarse como indicio de EE.UU.

 

 

 

 

Personas jurídicas o fideicomisos

 

 

Cuyos propietarios o beneficiarios últimos sustanciales sean posibles contribuyentes estadounidenses. El término beneficiario sustancial de Estados Unidos (o propietario sustancial EE.UU.) significa

 

  • Con respecto a cualquier corporación extranjera, cualquier persona especificada EE.UU. que posea, directa o indirectamente, más del diez por ciento de las acciones de dicha sociedad (por voto o valor).
  • Con respecto a cualquier sociedad extranjera, cualquier persona especificada EE.UU. que posea, directa o indirectamente, más del diez por ciento de las ganancias o los intereses de capital en dicha sociedad.

 

En el caso de un fideicomiso:

  • Cualquier persona especificada de EE.UU. tratado como un dueño de cualquier porción de dicho fideicomiso.
  • Cualquier persona especificada de EE.UU. que posea, directa o indirectamente más del 10% de los beneficios de dicho fideicomiso.

 

 

 

 

Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA)

 

FATCA es la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero, de acuerdo a sus siglas en inglés, legislación estadounidense aprobada en marzo de 2010.

 


¿Quiénes deben llenar el Formulario FATCA?

  • Personas con ciudadanía o residencia estadounidense.
  • Personas con indicios de ciudadanía estadounidense.
  • Empresas constituidas en los Estados Unidos o de conformidad con las leyes de ese país.

 

 

Personas físicas estadounidenses

 

 

Son aquellas que presentan algún indicio de vínculo con EE.UU.

 

Son considerados indicios del estatus de estadounidense los siguientes:

 

  • Identificación del Cuentahabiente como ciudadano o residente de EE.UU.
  • Indicación inequívoca de un lugar de nacimiento en EE.UU.
  • Dirección actual para recibir correspondencia o de residencia en EE.UU. (incluyendo apartado de correos en EE.UU. o dirección “a cargo de” en EE.UU.)
  • Número telefónico actual en EE.UU.
  • Instrucciones vigentes para transferir fondos a una cuenta mantenida en Estados Unidos.
  • Poder de representación legal o autorización de firma, efectivamente vigente otorgado a una persona con dirección en EE.UU.
  • Una dirección “a cargo de” o de “retención de correspondencia” que sea la única dirección que la Institución Financiera de Costa Rica Sujeta a Reportar tenga en los archivos del Cuentahabiente. En el caso de una Cuenta Preexistente de Personas Físicas que sea una Cuenta de Bajo Valor, una dirección “a cargo de” fuera del Estados Unidos no deberá considerarse como indicio de EE.UU.

 

 

 

 

Personas jurídicas o fideicomisos

 

 

Cuyos propietarios o beneficiarios últimos sustanciales sean posibles contribuyentes estadounidenses. El término beneficiario sustancial de Estados Unidos (o propietario sustancial EE.UU.) significa:

 

 

  • Con respecto a cualquier corporación extranjera, cualquier persona especificada EE.UU. que posea, directa o indirectamente, más del diez por ciento de las acciones de dicha sociedad (por voto o valor).
  • Con respecto a cualquier sociedad extranjera, cualquier persona especificada EE.UU. que posea, directa o indirectamente, más del diez por ciento de las ganancias o los intereses de capital en dicha sociedad.

 

En el caso de un fideicomiso:

 

 

  • Cualquier persona especificada de EE.UU. tratado como un dueño de cualquier porción de dicho fideicomiso.
  • Cualquier persona especificada de EE.UU. que posea, directa o indirectamente más del 10% de los beneficios de dicho fideicomiso.

 

 

 

Otros perfiles a validar

 

 

Si una persona o socio con 10% o más de control sobre una empresa es identificada por el banco como una persona estadounidense deberá completar un formulario de Auto-Certificación proporcionando el Número de Seguro Social (SSN).

 

 

 

 

 

La legislación prohíbe que las instituciones financieras ofrezcan asesoría a sus clientes sobre el cumplimiento con FATCA. No obstante, toda la información sobre la ley puede consultarse en el portal web del Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS).

 

Otros perfiles a validar

 

 

 

Si una persona o socio con 10% o más de control sobre una empresa es identificada por el banco como una persona estadounidense deberá completar un formulario de Auto-Certificación proporcionando el Número de Seguro Social (SSN)

 

 

 

 

 

La legislación prohíbe que las instituciones financieras ofrezcan asesoría a sus clientes sobre el cumplimiento con FATCA. No obstante, toda la información sobre la ley puede consultarse en el portal web del Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS).

 

 

Common Reporting Standard (CRS)

La Normativa CRS facilita el intercambio de información tributaria entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de manera que las Administraciones Tributarias puedan disponer de forma periódica de información fiscal de todas las inversiones que sus contribuyentes mantienen en entidades del extranjero.


A partir del 1 de enero de 2016 todas las entidades financieras deben obtener de sus clientes la información para remitirla a las Administraciones Tributarias.

 

 

Common Reporting Standard (CRS)

La Normativa CRS facilita el intercambio de información tributaria entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de manera que las Administraciones Tributarias puedan disponer de forma periódica de información fiscal de todas las inversiones que sus contribuyentes mantienen en entidades del extranjero.


A partir del 1 de enero de 2016 todas las entidades financieras deben obtener de sus clientes la información para remitirla a las Administraciones Tributarias.

 

¿Qué clientes deberán reportar las entidades?

 

Costa Rica adoptó el CRS como parte de su compromiso con el intercambio automático de información financiera. Las entidades financieras deben cumplir con procesos de debida diligencia para identificar y reportar a estos clientes:

 

 

Personas Físicas:

  • Que tengan residencia fiscal fuera de Costa Rica.

 

 

Personas Jurídicas:

  • Sociedad activa: Debe completar el formulario de autocertificación CRS, indicando si es residente fiscal en alguna jurisdicción participante.
  • Sociedad pasiva: Debe completar el formulario de autocertificación CRS, incluyendo la jurisdicción fiscal de cada socio con participación directa o indirecta superior al 10%.

 

 

 

 

 

Datos para completar y firmar el formulario:

Nombre, dirección, país de residencia, TIN (número de identificación fiscal o equivalente en cada jurisdicción), fecha y lugar de nacimiento.

 

 

 

Datos para completar y firmar el formulario:

Nombre, dirección, país de residencia, TIN de la entidad y de la Controlling Person, nombre, dirección, país de residencia, TIN, fecha y lugar de nacimiento.

 

 

 

 

 

¿Qué clientes deberán reportar las entidades?

Costa Rica adoptó el CRS como parte de su compromiso con el intercambio automático de información financiera. Las entidades financieras deben cumplir con procesos de debida diligencia para identificar y reportar a estos clientes:

 

 

 

 

Personas Físicas:

  • Que tengan residencia fiscal fuera de Costa Rica.

 

 

 

 

 

 

Datos para completar y firmar el formulario:

Nombre, dirección, país de residencia, TIN (número de identificación fiscal o equivalente en cada jurisdicción), fecha y lugar de nacimiento.

 

 

 

 

 

 

Personas Jurídicas:

  • Sociedad activa: Debe completar el formulario de autocertificación CRS, indicando si es residente fiscal en alguna jurisdicción participante.
  • Sociedad pasiva: Debe completar el formulario de autocertificación CRS, incluyendo la jurisdicción fiscal de cada socio con participación directa o indirecta superior al 10%.

 

 

 

 

 

 

Datos para completar y firmar el formulario:

Nombre, dirección, país de residencia, TIN de la entidad y de la Controlling Person, nombre, dirección, país de residencia, TIN, fecha y lugar de nacimiento.

 

 

 

 

 

 

chatbot Promerica